DESPENSA CIBERNÉTICA

DESPENSA CIBERNÉTICA

3/12/2009

EL ÁREA DE LA MUJER DE COAG CONSIDERA QUE EL NUEVO REAL DECRETO ES UN AVANCE NECESARIO PERO NO SUFICIENTE PARA CONSEGUIR LA TITULARIDAD COMPARTIDA

Convine aclarar que el nuevo Real Decreto es sólo una primera medida de promoción y desarrollo de la titularidad compartida en las explotaciones agrarias, medida que más adelante tendrá que ir acompañada de otras que harán de derecho notarial , registral y laboral , cuya elaboración exigirá un estudio más detallado y ambicioso.
El Área de la Mujer de COAG ha solicitado al MARM que se cree una comisión permanente o grupo de trabajo con las organizacines profesionales involucradas pra estudiar y concretar el desarrollo normativo de la titularidad compartida con el objetivo de conseguir, en un futuro no muy lejano , la igualdad efectiva entre los hombres y mujeres del campo , cotitulares de una explotación.
Madrid, 6 de marzo de 2009. El área de la mujer de COAG considera que el nuevo Real Decreto sobre Titularidad Compartida , que el Consejo de Ministros pretende aprobar hoy, es un avance necesario pero no suficiente para conseguir de forma efectiva la titularidad compartida de las explotaciones agrarias. En este sentido conviene aclarar que el nuevo Real Decreto es sólo una primera medida de promoción y desarrollo de la titularidad compartida en las explotaciones , medida que más adelante tendrá que ir acompañada de otras que fharán imprescindible la promulgación de leyes civiles , mercantiles, fiscales , de derecho notarial, regitrasl y laboral, cuya eleboración exigirá un estudio más detallado y ambicioso "Si no es sí, se corre el riesgo de que el R.D se quede en una mera declaracion de intenciones y un simple registro administrativo donde la mujer no va a poder gestionar con independencia la explotación más allá de la recepción del porcentaje de ayudas de la PAC que le corresponda".
Desde el Área de la Mujer de COAG se ha solicitado al MARM que se cree una comisión permanente o grupo de trabajo con las organizaciones profesionales involucradas, para estudiar y concretar el desrrollo normativo de la titularidad compartida con el objetivo de conseguir en un futuro no muy lejano la igualdad efectiva entre los hombres y mujeres del campo, cotutulares de una explotación " Esperamos que este primer paso no sea suficiente para el Gobierno ya que no se puede publicitar esta norma como la consecución final y verdadera de la Titularidad Compartida "
El Área de la mujer de COAG considera que en la práctica la titularidad compartida se vislumbra a dia de hoy como un camino largo en el que tenemos que ser muy constantes.Los verdaderos efectos y la práctica real de la titularidad compartida en una explotación aún quedan lejos, y el registro administrativo que se cree a partir de ahora comenzará a trabajar en la visibilización de la mujer y en un reconocimiento más bien social, pero no dará a las mujeres todos los derechos alrededor de su trabajo como productoras de alimentos en una explotación.

3/06/2009

APROBADO EL REAL DECRETO SOBRE TITULARIDAD COMPARTIDA EN LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS

Esta norma es el primer paso para hacer efectiva la igualdad entre hombres y mujeres en el sector agrario y conseguir el pleno reconocimiento de las mujeres en el ámbito rural.
También se ha acordado la realización de un estudio sobre la titularidad de las explotaciones agrarias al Consejo de Estado para la regulación completa de esta nueva figura jurídica.
El consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto sobre titularidad compartida en las explotacioens agrarias como medida dirigida a hacer efectiva la igualdad entre hombres y mujeres en el sector agrario y conseguir el pleno reconocimiento de las mujeres en el ámbito rural.Además, se ha acordado la realización de un estudio sobre la cotitularidad de las explotaciones agrarias al Consejo de Estado.
Este Real Decreto tiene por objeto promover la titularidad compartida de las explotaciones agrarias entre los cónyuges o miembros de las parejas de hecho reconocidas o inscritas en algún registro público, así como extender los beneficios en la cotización a la Seguridad Social a las mujeres que ostenten dicha cotitularidad.
Las ayudas, pagos, derechos de producción, primas, cuotas u otras mediadas de efecto equivalente que correspondan al titular de la explotación, se atribuirán conjuntamente a los cotitulares quehayan comunicado a las administración competente la existencia de dicha cotitularidad, a cuyo efecto será preciso señalar la cuenta conjunta en que deban hacerse efectivos los correspondientes ingresos.
La administración competente será aquellaque, perteneciendo a la comunidad autónoma en cuyo territorio se encuentre la explotación o la mayor parte de ella, le corresponda la recpción verificación y comunicación de las declaraciones de titularidad.
En el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino existirá u Registro en el que se reflejarán las declaraciones de titularidad compartidas y sus variaciones, recibidas de la autoridad competente de las distintas comunidades autónomas. Dicho Registro deberá contener la identificación de los cotitulares, así como la identificación de los cotitulares, así como la identificación de la explotación y su número de identificación fiscal.
El Real Decreto también señala que las Administraciones Públicas podrán establecer ayudas públicas , subvenciones, preferencias en apoyos y otras medias incentivadoras a fin de promover el acceso y permanencia de las mujeres a la titularidad compartida de las explotaciones agrarias.
Para la aregulación completa de la figura de titularidad compartida de las explotaciones agrarias, el Consejo de Estado, de un estudio que deberá analizar, entre otras cuestiones, los efectois jurídicos posibles ( administrativos, económicos, patrimoniales o sociales) y el alcance de los derechos y obligaciones. También recogerá un análisis de la normativa vigente que pueda verse afectada y una propuesta de las modificaciones necesarias.
El estudio abordará, además, las medidas necesarias para el desarrollo del régimen de cotitularidad compartida como ayudas que puedan otorgarse preferentemente a esas explotacioens y bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social, entre otras medias.
Igualmente, se realizará un análisis sobre la posibilidad de ampliar la cotitularidad a otras mujeres que participan con su trabajo y esfuerzo en la explotación agraria.